La normativa establece que los fiduciarios –aquellos que administran los fideicomisos- deberán suministrar entre el 27 y el 31 de julio próximo las características de los fideicomisos constituidos entre 2005 y 2007.
De esta manera el fisco nacional busca reducir el nivel de evasión que ya fue advertido por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto es así porque los fideicomisos gozan con importantes liberalidades fiscales, tanto en Ganancias como en el IVA.
Nuevo marco
La nueva resolución general de la AFIP que lleva el número 2219, tal como anticipó infobaeprofesional.com, señala en su primer artículo que “se establece un régimen de información que deberá ser cumplido por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios con respecto a los fideicomisos constituidos en el país, financieros o no financieros”.
A tal fin, el fisco considera que “habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario”.
* La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) le puso fecha límite a la llegada de la factura electrónica a los estudios profesionales. Desde el organismo recaudador confirmaron a infobaeprofesional.com que se encuentran trabajando intensamente para que, a más tardar, a partir de mayo, los contadores, abogados, arquitectos, y otros deban utilizar de manera obligatoria el comprobante virtual.
Si bien estaba prevista su generalización a partir de este mes, la AFIP decidió retrasar la incorporación de nuevos sectores a fin de perfeccionar el mecanismo e implementar herramientas que facilitarán la emisión de la documentación virtual.
En una fase inicial, los profesionales sólo deberán emitir de manera electrónica los comprobantes “A”. Para ello, contarán con un facturador online disponible en la página web del organismo.