Régimen de regularización de obligaciones tributarias en proceso de ejecución judicial y Rehabilitación de planes de regularización de deudas caducos
* La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece la rehabilitación de los planes de regularización de deudas otorgados a partir del 1/1/2000, cuya caducidad opere hasta el 11/7/2008. Asimismo, y como condición para efectuar la citada rehabilitación, se establece que el importe correspondiente a la totalidad de los anticipos y/o cuotas, vencidos e impagos hasta dicha fecha se cancelen hasta el 31/8/2008. Por su parte, los regímenes por los cuales se haya iniciado el correspondiente juicio de apremio podrán rehabilitarse siempre que se acredite el cumplimiento o regularización de las costas y gastos causídicos.
* Se extiende hasta el 21/7/2008 el plazo para que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y automotores que se encuentren en proceso de ejecución judicial realicen su acogimiento al régimen de regularización y gocen de los beneficios especiales dispuestos por la resolución normativa (ARBA Bs. As.) 57/2008.