Bienes exentos y modificaciones de alícuotas.
Debe tenerse en cuenta que la parte del patrimonio que las personas tengan en el exterior regirán alícuotas que van del 0,7% al 2,25%. La alícuota máxima para bienes locales será del 1.25%.
Las personas humanas que tengan bienes en el exterior tendrán un descuento del 50% de la tasa del Impuesto a los Bienes Personales, si antes del 31 de marzo próximo repatrían por lo menos el 5% del valor total de ese patrimonio.
Quedarán exentos del impuesto:
– Los depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la ley 21526 (Bancos comerciales; Banco de inversión; Bancos hipotecarios; Compañías financieras; Sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda u otros inmuebles; Cajas de crédito, etc.) a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el BCRA.
– Los títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las Provincias, las Municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los certificados de depósitos reprogramados.