La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el 30 de junio próximo las ejecuciones fiscales, en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus.
AFIP aclaró que esta suspensión no impide continuar en el ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del fisco para determinar y exigir el pago de los tributos, multas y accesorios cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de AFIP.
Destacó que el aislamiento determinado a partir de la pandemia de coronavirus “ha repercutido no sólo en la vida social de los habitantes de este país, sino también en la economía”.
La normativa indicó que “se habilitó el levantamiento de la feria judicial extraordinaria, respecto de ciertos tribunales federales con sede en provincias y ciudades que avanzan en las sucesivas fases del aislamiento”, y consideró que “deviene necesario tomar medidas con relación a la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias”.