El Banco Central, sancionará a quienes no respondan la primera etapa del Censo Nacional Económico 2020/2021, comenzó el 30/11/2020 y se extenderá hasta el 28/02/2022. Más allá de resultar inoportuna para las empresas en plena crisis de subsistencia, hasta nuevo aviso, este es el escenario a enfrentar.
El Banco Central dispuso que a partir del 1° de abril de 2021 para las personas jurídicas, del 1° de mayo de 2021 para las personas humanas Responsables Inscripto y del 1° de julio de 2021 para las personas físicas que sean monotributistas, los bancos deberán exigir el cumplimiento del Censo del INDEC.
Sin el certificado de cumplimiento, no se podrá:
– Abrir cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos,
– Solicitar créditos y sus respectivas renovaciones,
– Solicitar créditos documentarios,
– Abrir cuentas para valores en custodia,
– Requerir fianzas y préstamos de valores,
– Alquilar de cajas de seguridad.