MODIFICACIÓN AL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Se votó la modificación del Impuesto a las Ganancias elevando, para empleados, a $150.000 el mínimo para sufrir retenciones. 

La nueva reforma eleva el piso a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a pagar el tributo: $ 150.000.- mensuales (suma mensual que resulta equivalente a un haber neto aproximado de $ 124.500.- mensuales), que se actualizará anualmente por el Ripte.

En los sueldos superiores puede haber una fuerte pérdida de progresividad. 

Para corregir eso, el texto faculta al PEN a aliviar la carga fiscal de quienes tengan sueldos brutos de entre $ 150.000.- y $ 173.000, ya que (tal como surge de la letra de la ley) quien percibe un salario bruto de, por ejemplo: $ 160.000.-, habrá de cobrar en mano menos que quien perciba una remuneración de $ 150.000.- La regresividad de la modificación que acaba de ser aprobada hará que quien, por ejemplo, obtenga un sueldo mensual de $ 175.000.-, y no posea cargas de familia, reciba en mano tan solo unos $ 4.500- más que quien perciba una remuneración bruta de $ 150.000.-

Estas modificaciones regirán con retroactividad al 1º/01/2021.