A partir de enero se actualizaron topes que son útiles para tener en cuenta en ARBA, en UIF y en AFIP.
- ARBA: La obligación de Inscribirse como Agente de Recaudación pasó a tener un tope de $250.000.000 en el año calendario anterior y en el total de jurisdicciones.
- AFIP: Los movimientos de Tarjetas de Crédito superiores a $30.000 serán informados por las entidades. (antes $10.000)
- AFIP: Los movimientos de Bancos superiores a $90.000 serán informados por las entidades. (antes $30.000)
- UIF: Las compraventas de Automóviles mayores a $5.216.323 (antes $ 4.800.000), deberán tener justificación del origen de los fondos de las operaciones.