La Comisión de Valores, CNV, dictó la normativa para generar Fondos Comunes de Inversión de Cese Laboral según Decreto 847/2024, que establece la creación de un fondo de cese laboral, que los sindicatos y los empresarios deben acordar en los convenios colectivos, para sustituir las indemnizaciones laborales por un sistema de aportes periódicos a un fondo de cese.
La norma busca reducir contingencias para los empleadores y generar mejores resultados para los trabajadores al momento de la desvinculación.
Sólo depende de que se acuerde en las Paritarias.
La indemnización por antigüedad prevista en el art. 245 LCT y los siguientes rubros indemnizatorios están incluidos en la norma:
- Extinción por mutuo acuerdo.
- Despido sin justa causa.
- Despido con justa causa.
- Extinción por fallecimiento.
- Despido conforme arts. 247, 250 y 251 LCT 744.
- Compensación del art. 183 b) LCT 744.
- Compensación del art. 212 LCT 744.
- Renuncia del trabajador.
- Despido indirecto.
- Jubilación del trabajador.