A partir de hoy las personas jurídicas podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo (antes, desde el quinto), si el monto a de los anticipos supera en un 25% el impuesto estimado para el ejercicio.
Para las personas humanas y jurídicas, se mantiene el umbral del 40% para ejercer la opción desde el primer anticipo.
También elevó los umbrales del procedimiento especial a $250 millones para el segmento de contribuyentes significativos y a $200 millones para el resto de los contribuyentes.