ARCA REFUERZA CONTROLES: DESDE EL 1° DE JULIO QUEDAN OBLIGADOS A FACTURAR DIRECTORES, PROFESIONALES JUDICIALES Y ENTIDADES

La medida amplía significativamente la base de información disponible para el Organismo y genera mayor trazabilidad, más información disponible y fortalecimiento de cruces automáticos.

La falta de facturación o inconsistencias formales podrán generar ajustes y sanciones.

Sujetos alcanzados:

  • Directores, síndicos, miembros de consejos de vigilancia y administradores societarios, por honorarios y retribuciones vinculadas a su función, aun cuando el recibo sea emitido por la sociedad.
  • Abogados, peritos y auxiliares de la justicia, por honorarios u otras retribuciones percibidas por vía judicial.
  • Emisoras y administradoras de tarjetas de crédito y sistemas de pago.
  • Entidades financieras, compañías de seguros y entidades previsionales privadas.
  • Determinadas entidades sin fines de lucro, instituciones educativas privadas y empresas de medicina prepaga en supuestos específicos.

Como venimos anunciando, la prevención y el orden documental serán determinantes en el nuevo esquema de control.