El Juzgado Nacional de 1° Instancia del Trabajo Nro. 63, concedió la medida cautelar interpuesta por la CGT y suspendió más de 70 artículos Artículos de la Ley de Modernización Laboral.
Por lo tanto, queda suspendida la vigencia de la ley en esos artículos y el Estado Nacional, deberá apelar la sentencia.
Efecto Inmediato:
La suspensión se mantendrá vigente hasta que el mismo juzgado dicte sentencia o hasta que una instancia superior, como la Cámara o la Corte Suprema, revise el caso.