INDEMNIZACIONES: AHORA SOBRE LOS NO REMUNERATIVOS

La Corte Suprema de Jusiticia dijo que los pagos no remunerativos son parte del sueldo y deben incluirse en la indemnización y el aguinaldo.
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LA NACIÓN, Viernes 28 de mayo de 2010 – Sin dar validez al argumento oficial de la emergencia económica que atravesaba el país en aquel momento, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional que en 2002 y 2003 se haya dispuesto el pago de sumas de carácter no remunerativo para los trabajadores asalariados.

 

En esos años, tres decretos del Poder Ejecutivo habían establecido que, para procurar una recuperación del poder adquisitivo de los salarios frente a la creciente inflación, las empresas pagaran a sus empleados una suma fija de dinero, sin tenerla en cuenta para los aportes y las contribuciones a la seguridad social ni para el cálculo de las prestaciones adicionales, las indemnizaciones, las vacaciones o el aguinaldo.
En el fallo González, Martín c/Polimat, los jueces del tribunal supremo ordenaron pocos días atrás, y a pedido del trabajador demandante, que esos montos se consideren para determinar la cuantía de la indemnización por despido, de las vacaciones no gozadas y del aguinaldo.
La decisión de los jueces tendría un alto impacto en el mundo de las relaciones laborales, porque lejos de haber sido un hecho aislado, aquellos decretos resultaron el puntapié inicial de una serie de sumas no remunerativas dadas a trabajadores de diversos sectores, dispuestas por la vía de negociaciones colectivas entre sindicatos y empresarios y convalidadas por el Gobierno a través de la homologación de los acuerdos.
En la opinión del abogado Pedro Etcheberry, asesor de empresas y de la Cámara Argentina de Comercio, la Corte se ajustó a ser rigurosa en lo formal, pero fue poco prudente al no considerar la realidad económica en la que se dispusieron esas mejoras, y el hecho de que esas medidas del Ejecutivo posibilitaron la negociación colectiva posterior en un marco de contención. Agregó que los conceptos no remunerativos no sólo se justifican en un contexto de crisis, sino también en otras coyunturas, como la actual: “En algunos momentos, si los convenios no son prudentes, pueden coadyuvar a la inflación, y eso es lo que pasa ahora”, sostuvo, a la vez que analizó que ese tipo de sumas “aminoran el impacto del costo de las subas”.