AFIP: OPERATIVOS Y EXTENSIÓN PARA EL CAMPO

Operativo de la AFIP en comercios de Liniers y Ciudadela y prórroga de la AFIP para informar sobre campos
* Buenos Aires, 28 agosto (NA) — Más de 150 inspectores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizaban esta tarde un intenso operativo de fiscalización en locales comerciales de la zona de Liniers y Ciudadela. El personal de la AFIP visitaba los comercios donde verificaba el origen de la mercadería, revisaba la facturación y comprobaba que los trabajadores estén legalmente regularizados.
En el operativo participaba el personal de la Dirección General de Aduanas, de la Dirección General Impositiva y la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social, según indicó el ente recaudador, en un comunicado.

* Buenos Aires, 28 agosto (NA) — La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 25 de septiembre inclusive el plazo para que productores y acopiadores informen sobre los inmuebles rurales, propios o de terceros, que utilizan en su actividad.
La medida rige para los inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos que deberán presentar una serie de datos relativos a los inmuebles rurales -propios o de terceros- empleados en la producción de granos no destinados a la siembra.
Ese viernes quedó oficializada la prórroga a través de publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 2663/09 de la AFIP.
La Resolución 2644/09 de la AFIP establece que los productores de granos que no informen en el plazo previsto los inmuebles rurales, propios o de terceros, que utilizan en la actividad serán suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos.
Los únicos que están exentos de la obligación de presentar la información son aquellos que hayan sido incluidos en el Registro con posterioridad al 1 de octubre de 2007.
También están exentos los que hayan efectuado alguna actualización de datos o cambios de categoría en el Registro por medio del programa aplicativo denominado “AFIP DGI – Registro Fiscal de Operadores de Granos – Versión 2.0” (que genera el formulario de declaración jurada número 937).
En el caso de los acopiadores, están obligados a presentar la información quienes realicen operaciones de venta de granos de propia producción.