LA SALUD EN PRIMER LUGAR. PERO LAS EMPRESAS NECESITAN MEDIDAS URGENTES.

El decreto 297/20 determina que a fin de proteger la salud pública, lo que constituye una obligación inalienable del Estado nacional, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en los términos indicados en el presente decreto. La misma regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Ante la inminencia de estas medidas, y tratando de colaborar con la toma de conciencia de que es imprescindible cuidarnos entre todos, pero a la vez preservar a quienes sustentan y hacen posible que la actividad económica sea sostenible, permitiendo por ejemplo el pago de salarios sin facturación alguna, en el día de ayer nuestro Consejo Profesional elevó un pedido al Ministerio de Economía que se resume en los siguientes puntos:

  • Reducción temporal de costos laborales y previsionales para las micro, pequeñas y medianas empresas.
  • Liberación o atenuación temporal de la cuota de monotributo, en su componente impositivo y previsional.
  • Se otorguen líneas de crédito a tasa cero para micro, pequeñas y medianas empresas.
  • Se flexibilicen los requisitos para la obtención del Certificado MIPyME, permitiendo el acceso a los administradores de sociedades, contribuyentes dados de baja y con CUIT en estado administrativo limitado, a los efectos de su inclusión en los beneficios del régimen de regularización.
  • Se reprograme el cronograma de vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y pagos de tributos y recursos de la Seguridad Social, como así también los respectivos regímenes de información por el tiempo que se extienda la emergencia sanitaria.
  • Se extiendan los plazos para acceder al régimen de regularización y realizar la repatriación de activos financieros teniendo en cuenta la proximidad inminente de las fechas dispuestas por la normativa, atento a las dificultades para realizar gestiones por las circunstancias que son de público conocimiento.

Hasta ahora no ha habido ninguna comunicación formal de AFIP ni de otros organismos, ni implementación de los anuncios económicos, que alivien en lo inmediato las obligaciones que deben cumplir estrictamente quienes son contribuyentes y no tienen ingresos para hacerlo.