AFIP: MAS OBLIGACIONES PARA LOS CONTRIBUYENTES

Los controladores de nueva tecnología deben generar  obligatoriamente un informe de ventas semanal. Además recordamos otras obligaciones que pueden generar sanciones.

Controladores Fiscales de Nueva Tecnología

Los sujetos que utilicen los controladores fiscales de “nueva tecnología”, deberán generar e informar semanalmente (inclusive cuando no hayan tenido movimientos o emitidos comprobantes) los siguientes reportes:

  • Reporte Resumen de Totales, por el período semanal correspondiente.
  • Reporte de Duplicados electrónicos de comprobantes clase “A”, “A con leyenda” y “M” emitidos, por el período semanal correspondiente.

Consumidores finales

La norma publicada hoy también establece que los consumidores finales deberán ser obligatoriamente identificados cuando la operación sea igual o superior a $ 10.000, o cuando el monto sea igual o superior a $ 5.000 y el pago no se efectué a través de algún medio electrónico autorizado.

Facturación en el momento de la entrega

Las operaciones cuya facturación corresponda realizarse en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.

Emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos

Los sujetos que opten por la emisión de comprobantes electrónicos originales mediante el intercambio de información del servicio Webservice y realicen operaciones con consumidores finales por alguna de las actividades que figuran en el anexo, quedan obligados a la emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes a partir del 1 de marzo de 2020.