En los últimos meses, en medio de la pandemia, se dictaron normas con obligaciones a cumplir en el corto plazo, muy significativas y con alto impacto patrimonial. Las más importantes son las que se enumeran a continuación:
- IMPUESTO A LA RIQUEZA: Para todos los patrimonios personales de más de $200.000.000 al 18 de diciembre del 2020. Grava las participaciones sociales ajustadas por inflación (que estaban exentas de Bienes Personales) y todos los demás bienes con las normas el Impuesto a los Bienes Personales. Alícuotas crecientes y diferenciales para los Bienes del Exterior. Vence el 31 de marzo y los regímenes de información adicionales vencen el 30 de abril, 2021.
- RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE PLANIFICACIONES FISCALES: Está vigente la obligación de informar a la AFIP la descripción de las planificaciones y ventajas o beneficios fiscales que se hayan generado a favor del contribuyente. Comprende tanto a las planificaciones fiscales nacionales como a las planificaciones fiscales internacionales. Esta obligación es para los contribuyentes y para los asesores fiscales que intervengan, y existe la obligación de aclarar en la página de AFIP si se amparan ambas partes, al secreto profesional o si se acepta la renuncia a esa protección legal.
- REGISTRACIÓN DE CONTRATOS DE LOCACIÓN DE INMUEBLES: A partir del 1° de marzo de 2021, se estableció la obligación de informar a la AFIP los contratos de locación o arrendamiento celebrados a partir del 1° de julio de 2020 y que continúen vigentes, así como los nuevos, siendo que para aquellos concretados durante marzo de 2021, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.