IMPUESTO A LAS GANANCIAS 4° CATEGORÍA: AUMENTO DEL MÍNIMO

Los trabajadores que, a partir de septiembre, perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175 mil, no pagarán el impuesto. El aguinaldo de diciembre también queda exento.

La medida ya tendrá impacto en los salarios de septiembre, por lo que en octubre se verá reflejado en el bolsillo de los trabajadores.

La medida incrementa el piso de $150.000,00 a $175.000,00 y el umbral de $173.000,00 a $203.000,00, respectivamente.

También exime del pago del aguinaldo a los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo semestre no supere los $175.000,00.

El mínimo no imponible del impuesto, todas las deducciones y las escalas volverán a actualizarse a partir del 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios.