ARBA: AGENTES DE RECAUDACIÓN A PARTIR DE $500.000.000

Arba actualizó los montos para ser sujeto obligado a actuar como Agentes de Recaudación. También fijó plazo de inscripción hasta el 31 de marzo y para retener y percibir a partir del 1° de mayo de 2023.

ARBA, estableció los plazos para los Agentes de Recaudación, las fechas para cumplimentar con las siguientes obligaciones:

  • Inscripción como Agente de Recaudación:  hasta el último día hábil del mes de marzo de 2023.
  • Comenzar a actuar como Agente de Recaudación: a partir del primer día mayo de 2023.

La RN 9/2023 incrementa los montos para estar obligado como Agente de Recaudación en un 100%, quedando de la siguiente manera para las empresas que hayan obtenido durante el año calendario 2022 ingresos totales operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a $500 millones. 

En caso de que la actividad principal sea el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo, el piso de facturación anual se elevó a $750 millones.