SALAS MATERNALES: POSIBLE SOLUCIÓN

Por un acuerdo del Sindicato de Comercio y los Empresarios del sector, se encontró una alternativa a la obligación de habilitar salas maternales, que comienza a regir el 23/03/2023. Este acuerdo puede marcar una tendencia que permita solucionar un tema complejo en otros sectores. 

El gobierno había decretado que a partir del 23 de marzo los empleadores con más de 100 empleados, debían contar con una sala para el cuidado y atención de niños de 45 días a 3 años de edad, que estuvieran a cargo de sus empleados durante la respectiva jornada de trabajo.

El mismo Decreto preveía el reemplazo de esa obligación por el pago de una suma dineraria no remunerativa, que no podía ser inferior al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y cuidado de personas” del personal con retiro de casas particulares o al monto efectivamente gastado por el empleado, en caso de que éste sea menor.

El Acuerdo logrado, fijó el monto a reintegrar en el monto mínimo previsto por el Decreto, esto es, en el 40% del salario de la categoría “Asistencia y cuidado de personas” del personal con retiro de casas particulares o el monto efectivamente gastado, en caso de que éste sea menor.

Asimismo, el Acuerdo prevé que el empleador puede variaren forma razonable la forma de cumplimiento de la obligación prevista por el Decreto y que lo acordado por las partes permanecerá vigente hasta tanto no sea modificado por ellas. 

Multa

La falta de cumplimiento se considerará una infracción laboral de carácter muy grave, que expondrá a los empleadores a multas del 50% al 2.000% del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación de la infracción, por cada trabajador afectado.