La AFIP ha dispuesto facilitar el Certificado de Exclusión de Retenciones y Percepciones de IVA, a partir del 21/7. Las reducciones de Anticipos de Impuesto a las Ganancias recién, regirá para ejercicios cerrados a partir del 31/8/23, teniendo efecto recién en febrero de 2024.
A partir de mañana, para obtener el Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado”, las personas jurídicas que revistan el carácter de MiPyMEs, quedan exceptuadas de cumplir con el requisito de poseer saldo de libre disponibilidad.
Se dispuso además que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2, determinen los 10 anticipos del impuesto a las Ganancias mediante la aplicación de un 10% (antes 1° Anticipo del 25%, 9 restantes del 8.33%) , para los ejercicios iniciados a partir de agosto de 2023.