ARBA: MORATORIA SOLO PARA LOS AGENTES QUE TENDRÍAN QUE HABER RETENIDO Y NO RETUVIERON

Los agentes de recaudación de ARBA (Provincia de Buenos Aires) que no hayan efectuado retenciones o percepciones de Ingresos Brutos y de Sellos, más sus intereses, recargos y multas, devengadas hasta el 31/12/2024, podrán ingresar en Moratoria esos montos, hasta el 31 de diciembre de 2025.

No se podrán ingresar en el plan las obligaciones omitidas, es decir, las retenciones y/o percepciones practicadas y no ingresadas.

Se pueden incluir deudas provenientes de regímenes posteriores al 1/1/2000, caducos al 31/12/24, otorgados para la regularización de deudas de la misma índole.

Se pueden ingresar deudas en proceso de fiscalización, de determinación, de discusión administrativa o firmes, como judiciales.