IMPORTADORES: DEVOLUCIÓN IMPUESTO PAÍS

ARCA restablece el procedimiento especial de devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS, que no pudieron ser utilizados por los exportadores. El plazo para realizar dicha presentación se extenderá desde el 6 de octubre hasta el 19 de noviembre de 2025, ambas fechas inclusive.

El beneficio se encuentra dirigido a 2 grupos principales de operaciones:

  1. Importaciones con ingreso aduanero hasta el 12 de diciembre de 2023, en las cuales:
    • No se haya accedido al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) ni se hayan suscriptos bonos BOPREAL del Banco Central.
    • Se hayan suscripto dichos bonos a una alícuota del 0%.
    • Se haya accedido parcialmente al mercado o suscriptos bonos en forma parcial.
  1. Importaciones realizadas entre el 13 de diciembre de 2023 y el 24 de noviembre de 2024, inclusive, en las que no se haya podido computar el impuesto por falta de acceso al MULC o por haber accedido luego de la finalización de la vigencia del gravamen (22 de diciembre de 2024).

La devolución se efectuará en cuotas mensuales según el monto declarado. La primera de ellas se encontrará disponible el día 15 de diciembre de 2025, y las restantes dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes calendario.