AFIP Y ARBA: AYUDA A PYMES

Los dos Organismos anunciaron medidas para paliar la grave crisis que viven las empresas.

AFIP

  • Prórroga del plan de facilidades Puente II, ya en vigencia. Se permite la inclusión de deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último y los saldos del Impuesto a las Ganancias personas humanas y el impuesto sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2017.
  • Se recalificará la inclusión a la Categoría E del SIPER de modo tal que sea necesario tener más incumplimientos para incluir al contribuyente en la misma.
  • Para los contribuyentes que hayan incurrido en conductas penalizables por parte del fisco, se extienden los planes de 12 a 24 cuotas.
  • Respecto a la diferenciación que hacía la AFIP para los controles de planes, de acuerdo a la categoría del SIPERse igualarán las condiciones para el ingreso a las mismas quedando como único diferencial las tasas de interés.
  • Se generan planes para las entidades sin fines de lucro entre las que están incluidas las asociaciones civiles, que es el formato legal que adoptan las cámaras.

ARBA

  • Ingresos brutos: se postergará, durante noviembre y diciembre, el saldo a pagar para las empresas que facturen hasta $ 2 millones anuales. El monto acumulado se podrá abonar en 2019, en 3 cuotas sin interés.
  • Además, serán excluidas de los padrones de retenciones bancarias y tarjetas.
  • Embargos: se podrán levantar, por 3 meses, las medidas cautelares de cuentas bancarias y de derecho de crédito con la sola formalización del plan de pagos (hoy se requiere el pago del 10% de la deuda).
  • Planes de pagos caducos: se rehabilitarán durante 6 meses, con la obligatoriedad de abonar las cuotas vencidas que produjeron la caducidad y saldar en término el resto de los períodos a vencer.
  • Repetición de saldos a favor vía Web: se amplió a $ 100.000.- el límite para el acceso a la devolución de saldo a favor por Internet. Anteriormente, dicho límite era de $ 50.000.- [RN (ARBA) 35/2017].
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