{"id":72215,"date":"2008-05-21T03:00:00","date_gmt":"2008-05-21T06:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/martineziuliano.com.ar\/web\/moratoria-en-la-ciudad\/"},"modified":"2008-05-21T03:00:00","modified_gmt":"2008-05-21T06:00:00","slug":"moratoria-en-la-ciudad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/2008\/05\/21\/moratoria-en-la-ciudad\/","title":{"rendered":"MORATORIA EN LA CIUDAD"},"content":{"rendered":"<div><span style=\"color: #0000ff;\">Se establece un plan de facilidades de pago por obligaciones  tributarias vencidas al 31\/12\/2007<\/span><\/div>\n<div><\/div>\n<div>\n<div>Destacamos las principales caracter\u00edsticas: <br \/>* Cuando se  realice el acogimiento al citado r\u00e9gimen, las deudas posteriores al 31\/12\/2007  deben estar canceladas. <br \/>* La deuda a regularizar por cada gravamen no podr\u00e1  exceder la suma de $ 6.000. <br \/>* Se prev\u00e9 la condonaci\u00f3n de la totalidad de los  intereses resarcitorios, en el caso de la cancelaci\u00f3n por pago al contado, el  50% de los mismos si el pago se realiza en cuotas y la condonaci\u00f3n total de  intereses por financiaci\u00f3n. * Los planes acordados no deber\u00e1n superar la  cantidad de 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. <br \/>* La fecha de la  primera cuota es el d\u00eda 25 del mes en que se efect\u00faa el acogimiento, si el mismo  se materializa entre los d\u00edas 1 y 15 de cada mes; mientras que para los  acogimientos materializados entre los d\u00edas 16 y 31, la primera cuota vencer\u00e1 el  d\u00eda 25 del mes inmediato siguiente. Las cuotas restantes vencer\u00e1n los d\u00edas 25 de  cada mes. <br \/>* El importe de cada cuota no podr\u00e1 ser inferior a $ 50 para el  caso del impuesto sobre los ingresos brutos, tanto locales como de convenio  multilateral; $ 15 para el r\u00e9gimen simplificado y $ 30 para el resto de los  grav\u00e1menes. <\/p>\n<p>Se establece, adem\u00e1s, un plan de facilidades de pago de  obligaciones tributarias en mora, que se encuentren transferidas al Cuerpo de  Mandatarios para su gesti\u00f3n de cobro, con juicio de ejecuci\u00f3n fiscal en tr\u00e1mite,  cualquiera sea el estado de la causa. <br \/>Entre otras, destacamos las siguientes  caracter\u00edsticas: <br \/>* Debe incluirse la totalidad de la deuda reclamada en el  juicio. <br \/>* A los fines del acogimiento, se deber\u00e1 abonar la totalidad de la  deuda, o la primera cuota del plan por el cual se est\u00e1 realizando el citado  acogimiento. <br \/>* La deuda a regularizar no podr\u00e1 exceder la suma de $ 10.000  en todo concepto, incluidos los intereses vigentes a la fecha de acogimiento,  calculados hasta el \u00faltimo d\u00eda del mes en el que el mismo ocurra. <br \/>* Se  podr\u00e1n incluir las deudas de los contribuyentes que hubieran solicitado la  formaci\u00f3n de su concurso preventivo. <br \/>* Se prev\u00e9 la condonaci\u00f3n total de los  intereses resarcitorios por el pago al contado y, en el caso de la cancelaci\u00f3n  de pago en cuotas, el 50% de los mismos, devengados al momento de la solicitud  del plan y la condonaci\u00f3n total de los intereses por financiaci\u00f3n. <br \/>* La  cuotas no podr\u00e1n superar la cantidad de 12, mensuales, iguales y consecutivas.  <br \/>* La fecha de vencimiento de la primera cuota es el d\u00eda 25 del mes en que se  efect\u00fae el acogimiento siempre que el mismo se materialice entre los d\u00edas 1 y 15  de cada mes, mientras que para los acogimientos materializados entre los d\u00edas 16  y 31 de cada mes, la primera cuota vencer\u00e1 el d\u00eda 25 del mes inmediato  siguiente. Las cuotas restantes vencer\u00e1n el 25 de cada mes. <br \/>* El importe de  cada cuota no podr\u00e1 ser inferior a $ 50 para el caso del impuesto sobre los  ingresos brutos locales y de convenio multilateral, $ 15 para el r\u00e9gimen  simplificado y $ 30 para el resto de los grav\u00e1menes. <br \/>* Los contribuyentes  deber\u00e1n solicitar al mandatario correspondiente el monto total adeudado, quien  emitir\u00e1 la solicitud de acogimiento, la boleta para el pago de los honorarios y  el instrumento de pago de la primera cuota del plan o para el pago al contado,  seg\u00fan la forma por la que opte el contribuyente.<\/div>\n<\/p><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div><span style=\"color: #0000ff;\">Se establece un plan de facilidades de pago por obligaciones  tributarias vencidas al 31\/12\/2007<\/span><\/div>\n<div><\/div>\n<div>\n<div>Destacamos las principales caracter\u00edsticas: <br \/>* Cuando se  realice el acogimiento al citado r\u00e9gimen, las deudas posteriores al 31\/12\/2007  deben estar canceladas. <br \/>* La deuda a regularizar por cada gravamen no podr\u00e1  exceder la suma de $ 6.000. <br \/>* Se prev\u00e9 la condonaci\u00f3n de la totalidad de los  intereses resarcitorios, en el caso de la cancelaci\u00f3n por pago al contado, el  50% de los mismos si el pago se realiza en cuotas y la condonaci\u00f3n total de  intereses por financiaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":73547,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-72215","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ultimas-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72215","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=72215"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/72215\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=72215"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=72215"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ic.tecnopc.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=72215"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}