IMPORTADORES: FLEXIBILIZAN RETENCIONES

La AFIP dispuso exceptuar, transitoriamente hasta el 16/07/2024, las percepciones de “IVA Adicional” y “Ganancias” para determinadas operaciones de importación.

 Las condiciones que se deben cumplir son las siguientes: 

  • Importación efectuada por una empresa que sea considerada “MiPyME”.
  • Contar con “Certificado MiPyME” vigente. 
  • Que el insumo a importar se encuentre dentro del Anexo de la nueva resolución.