Aumentan los requisitos para el ingreso de capitales al país
Buenos Aires, junio 9 (NA) — El Gobierno nacional dispuso aplicar un encaje del 30 por ciento al ingreso de capitales especulativos, y mantener el plazo mínimo de 365 días para la permanencia en el país de ese tipo de fondos, informó esta mañana el ministro de Economía, Roberto Lavagna.
El funcionario aclaró que en la medida “no están incluidas las operaciones de comercio exterior, ni los ingresos para inversiones directas de carácter productivo y tampoco las colocaciones iniciales de títulos”.
“Estas operaciones están ligadas a las exportaciones e importaciones, a las inversiones directas y al financiamiento a empresas para proyectos de inversión”, enfatizó el ministro, en una conferencia de prensa que brindó en la Casa de Gobierno.
En cambio, dijo que “el resto de las operaciones quedan sujetas a la condición de plazo mínimo de permanencia de 365 días, más un encaje de 30 por ciento”.
Lavagna anticipó que esta decisión se hará efectiva a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que ocurrirá mañana.
Y señaló que “es importante dejar en claro que no hay restricciones para operar en el mercado libre de cambios. Eso sigue sin modificaciones”.
El titular del Palacio de Hacienda puntualizó que con la aplicación de encajes (restricciones financieras) se podrá “evitar una presión sobre el mercado de cambio, intentando una revaluación del peso; se pueden utilizar políticas de estabilización de los flujos financieros de corto plazo o de carácter especulativo”.
“Quien cumpla con estas condiciones tendrá asegurada toda la libertad de acceso al mercado, tanto de entrada como de salida”, subrayó.
Destacó además que en los últimos años “hemos ido utilizando algunos de esos elementos de estabilización. Por ejemplo, pusimos un plazo mínimo de permanencia en el país de 180 días, que después lo extendimos a los 365 días, plazo que permanece”.
Para Lavagna, “tratamos de ser muy previsibles. De manera tal, no tenemos previstas más medidas” sobre esta cuestión.
“Estas operaciones están ligadas a las exportaciones e importaciones, a las inversiones directas y al financiamiento a empresas para proyectos de inversión”, enfatizó el ministro, en una conferencia de prensa que brindó en la Casa de Gobierno.
En cambio, dijo que “el resto de las operaciones quedan sujetas a la condición de plazo mínimo de permanencia de 365 días, más un encaje de 30 por ciento”.
Lavagna anticipó que esta decisión se hará efectiva a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que ocurrirá mañana.
Y señaló que “es importante dejar en claro que no hay restricciones para operar en el mercado libre de cambios. Eso sigue sin modificaciones”.
El titular del Palacio de Hacienda puntualizó que con la aplicación de encajes (restricciones financieras) se podrá “evitar una presión sobre el mercado de cambio, intentando una revaluación del peso; se pueden utilizar políticas de estabilización de los flujos financieros de corto plazo o de carácter especulativo”.
“Quien cumpla con estas condiciones tendrá asegurada toda la libertad de acceso al mercado, tanto de entrada como de salida”, subrayó.
Destacó además que en los últimos años “hemos ido utilizando algunos de esos elementos de estabilización. Por ejemplo, pusimos un plazo mínimo de permanencia en el país de 180 días, que después lo extendimos a los 365 días, plazo que permanece”.
Para Lavagna, “tratamos de ser muy previsibles. De manera tal, no tenemos previstas más medidas” sobre esta cuestión.