MAS PRESIÓN IMPOSITIVA

A partir del 1° de enero de 2019 se estableció un derecho de exportación a las prestaciones de servicios.

Las prestaciones de servicios realizadas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior se encuentran sujetas a un derecho de exportación del 12% con un tope de $ 4 por cada dólar estadounidense de valor imponible de la citada operación.

El nuevo derecho de exportación resulta aplicable para las operaciones que se facturen desde el 1º/01/2019 hasta el 31/12/2020, incluso si se trata de contratos u operaciones que se hubieran iniciado con anterioridad al 1º/01/2019.

Las exportaciones efectuadas por las Micro y Pequeñas Empresas tributarán el derecho de exportación sobre el monto de exportaciones de prestaciones de servicios que en el año calendario exceda la suma acumulada de U$S 600.000.-

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