BIEN DE FAMILIA

Proponen cambios a la Ley de bien de familia para modernizarla
Buenos Aires, abr. 16 (NA) — Cualquier persona, con prescindencia de su estado civil, podrá poner su vivienda como bien de familia y no tendrá la obligación de estar casada, como ocurre hasta la fecha, si prospera un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados.
La iniciativa corresponde a la legisladora Beatriz Leyba de Martí (UCR-Córdoba), quien explicó que su intención es modernizar la ley sancionada hace 50 años.
“Esta modificación a la Ley sobre la constitución en bien de familia de un inmueble urbano o rural, le otorga a toda persona soltera la posibilidad de resguardar su vivienda como tal, ya que la legislación vigente discrimina a las personas según su estado civil y no advierte que la vivienda es un bien que da abrigo, afecto, pertenencia y permanencia a las personas”, dijo la legisladora.
En un comunicado, la diputada añadió: “Toda persona queda facultada por esta Ley para registrar como bien de familia el inmueble, sea éste urbano y/o rural de su propiedad en el que habite fehacientemente, el cual no podrá ser enajenado ni gravado sin conformidad expresa del propietario”.
Los inmuebles registrados como bien de familia “no pueden ser embargados por deudas impositivas, de rentas u otras, pero sí sus propietarios están obligados a llegar a un convenio de pago con el Estado”, remarcó la diputada.
Además, agregó que “si el titular de un dominio posee otro inmueble urbano y/o rural de su propiedad, sólo podrá registrar como bien de familia, una sola”.