Indemnización a un Metalúrgico, muy Superior a la de la ART
Buenos Aires, junio 6 (Clarín). La Jueza del Trabajo Inés Gasibe condenó a la firma Ritrac y a la ART Liberty a abonar al trabajador metalúrgico Horacio Mancuello, de 43 años y padre de tres hijos, 690.000 pesos. Más los intereses y honorarios el fallo se eleva a 1,2 millón de pesos. Y es como indemnización por haber contraído una enfermedad laboral que le provocó una incapacidad laboral y psíquica total y absoluta.
Por el sistema de riesgos del trabajo, según el abogado de la causa Horacio Schick, a Mancuello – con 25 años de antigüedad en la empresa y que en 2003 ganaba $ 1.360 – le correspondía cobrar $ 40.000 al contado más una renta mensual de unos $ 700 por mes, (equivalente a un capital de $ 103.000). Así,” la indemnización de la ART, además de pagarse en cuotas, sólo cubriría una quinta parte de la que corresponde al derecho civil”.
Esta diferencia entre el monto que fija el sistema de ART y las indemnizaciones judiciales es una parte del debate que se abrió a partir de que la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley de riesgos laborales. Para los jueces, las indemnizaciones tarifadas de la ley de riesgos son insuficientes y no contemplan los resarcimientos que por igual daño podría tener cualquier ciudadano en los términos del Código Civil.
Mancuello trabajaba como soldador de rejillas de metal para aire acondicionado desde noviembre de 1977. Según las constancias judiciales, Mancuello se contaminó con sustancias y gases fuertemente tóxicos que determinaron que contrajera “parkinsonismo”, un envenenamiento proveniente del manganeso que produce un daño cerebral degenerativo y regresivo. La comisión médica de la Superintendencia determinó que se trataba de una “enfermedad profesional relacionada con el manganeso y vinculada a los electrodos de las soldaduras que utilizaba el paciente como nexo causal”, algo que niegan la empresa y la ART.
Al fijar el monto de la indemnización, la Jueza tuvo en cuenta que Mancuello “ingresó sano a la empresa, que en pleno desarrollo de su trabajo social y familiar, y como ser social, sufre una disfunción total de su organismo y que la lesión es irreversible y que es padre de tres hijos menores, único sustento de su hogar”.
Para los abogados de la empresa, que descuentan que el fallo será apelado, uno de los problemas es que no se permite a las empresas contratar un seguro de responsabilidad civil. Y entonces, aunque los empleadores pagan la póliza del seguro de ART, no están realmente cubiertos porque deben responder por las mayores indemnizaciones que surgen del Código Civil. Entre las ART llamó la atención el monto de la indemnización que no obedece — dicen— “ni al valor vida ni al valor de reemplazo del salario” y que “la Jueza optó por otorgar la totalidad de la indemnización reclamada por la demanda”.
Esta diferencia entre el monto que fija el sistema de ART y las indemnizaciones judiciales es una parte del debate que se abrió a partir de que la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley de riesgos laborales. Para los jueces, las indemnizaciones tarifadas de la ley de riesgos son insuficientes y no contemplan los resarcimientos que por igual daño podría tener cualquier ciudadano en los términos del Código Civil.
Mancuello trabajaba como soldador de rejillas de metal para aire acondicionado desde noviembre de 1977. Según las constancias judiciales, Mancuello se contaminó con sustancias y gases fuertemente tóxicos que determinaron que contrajera “parkinsonismo”, un envenenamiento proveniente del manganeso que produce un daño cerebral degenerativo y regresivo. La comisión médica de la Superintendencia determinó que se trataba de una “enfermedad profesional relacionada con el manganeso y vinculada a los electrodos de las soldaduras que utilizaba el paciente como nexo causal”, algo que niegan la empresa y la ART.
Al fijar el monto de la indemnización, la Jueza tuvo en cuenta que Mancuello “ingresó sano a la empresa, que en pleno desarrollo de su trabajo social y familiar, y como ser social, sufre una disfunción total de su organismo y que la lesión es irreversible y que es padre de tres hijos menores, único sustento de su hogar”.
Para los abogados de la empresa, que descuentan que el fallo será apelado, uno de los problemas es que no se permite a las empresas contratar un seguro de responsabilidad civil. Y entonces, aunque los empleadores pagan la póliza del seguro de ART, no están realmente cubiertos porque deben responder por las mayores indemnizaciones que surgen del Código Civil. Entre las ART llamó la atención el monto de la indemnización que no obedece — dicen— “ni al valor vida ni al valor de reemplazo del salario” y que “la Jueza optó por otorgar la totalidad de la indemnización reclamada por la demanda”.