Procedimiento para su generación y emisión vía “Internet”
Se dispone el desarrollo del sistema informático que permitirá a los empleadores generar y emitir la certificación de servicios y remuneraciones prevista en el artículo 12, inciso g) de la ley del sistema integrado de jubilaciones y pensiones (L. 24.241). La certificación contendrá la información que surja de las declaraciones juradas determinativas del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) presentadas por los mencionados empleadores y de las bases de la Administración Nacional de la Seguridad Social. Dicho sistema informático estará disponible en la página “Web” de la AFIP (http://www.afip.gov.ar) y de la ANSeS ( http://www.anses.gov.ar).
El sistema que se aprueba entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes siguiente en que se encuentre operativo en la página institucional “Web” de la ANSeS y de la AFIP. A partir de esa fecha, las futuras certificaciones de servicios deben emitirse a través de este mecanismo.
La presente resolución es complementaria de la resolución (AFIP) 2316 que dispuso oportunamente la aprobación de dicho sistema informático.
El sistema que se aprueba entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes siguiente en que se encuentre operativo en la página institucional “Web” de la ANSeS y de la AFIP. A partir de esa fecha, las futuras certificaciones de servicios deben emitirse a través de este mecanismo.
La presente resolución es complementaria de la resolución (AFIP) 2316 que dispuso oportunamente la aprobación de dicho sistema informático.