CERTIFICACIONES DE HABERES Y SERVICIOS

Procedimiento para su generación y emisión vía “Internet”
Se dispone el desarrollo del sistema informático que permitirá a los empleadores generar y emitir la certificación de servicios y remuneraciones prevista en el artículo 12, inciso g) de la ley del sistema integrado de jubilaciones y pensiones (L. 24.241). La certificación contendrá la información que surja de las declaraciones juradas determinativas del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) presentadas por los mencionados empleadores y de las bases de la Administración Nacional de la Seguridad Social. Dicho sistema informático estará disponible en la página “Web” de la AFIP (http://www.afip.gov.ar) y de la ANSeS ( http://www.anses.gov.ar).
El sistema que se aprueba entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes siguiente en que se encuentre operativo en la página institucional “Web” de la ANSeS y de la AFIP. A partir de esa fecha, las futuras certificaciones de servicios deben emitirse a través de este mecanismo.
La presente resolución es complementaria de la resolución (AFIP) 2316 que dispuso oportunamente la aprobación de dicho sistema informático.