BIENES PERSONALES: IMPORTANTE

Los inscriptos deben seguir presentando las Declaraciones Juradas, aunque no de impuesto.
Las personas físicas no dejan de ser contribuyentes del impuesto sobre los bienes personales al 31/12/2007 aunque no posean bienes gravados superiores a $ 305.000. La AFIP no ha dispensado a los contribuyentes inscriptos de presentar la DDJJ del impuesto sobre los bienes personales cuando, con motivo de los cambios operados, no deban ingresar impuesto alguno por el período fiscal 2007. Ello por cuanto la resolución general (AFIP) 2359, en su artículo 5, dispone que se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2007, los sujetos que habiendo presentado la DDJJ correspondiente al período fiscal 2006, posean bienes gravados por un importe inferior a $ 305.000.