S.A.: REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO VENCE EL 20/08/08

Es para Sociedades Anónimas con domicilio en la Provincia de Buenos Aires
Esta nueva obligación creada por la Dirección de Personas Jurídicas de la Pcia. de Bs. As., genera multas si no se realiza en término.
Se debe realizar en la ciudad de La Plata personalmente o través de nuestros gestores.

REQUISITOS: – Originales del Estatuto de Constitución Social y de todos los Actos Posteriores Inscriptos.-

– Fotocopia Simple del Directorio vigente inscripto.- (sino hay que inscribirlo primero, como en la IGJ)

– Libro de Actas de Asambleas, Libro de Actas de Directorio y Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas.-

– Fotocopia Simple de la Foja de Rúbrica y el último asiento del Registro de Acciones donde figuren los actuales accionistas y la cantidad de acciones que posee cada uno.-

– Fotocopia Simple de la Foja de Rúbrica del último Libro de Inventario y Balances y del último Libro Diario General.- (Indicar la cantidad de fojas que contiene cada libro).-

– En caso de tener rubricados los libros contables (Ej.: IVA. Compra, IVA. Venta, etc.) fotocopia simple de la Foja de Rúbrica e indicar la cantidad de fojas que contiene cada libro.-

– Balances de los tres (3) últimos ejercicios contables firmados por contador público, cuya firma deberá legalizarse ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.-

– Actas mecanografiadas de aprobación de los tres últimos balances.- Si las actas se encuentren pasadas al libro en sistema copiativo, fotocopia simple de las mismas.-

– Memo consignando el número de teléfono y la dirección de mail de la sociedad.-