El 30 de abril vence el tope del 30% para los intereses por deudas atrasadas
Recordamos que las deudas con AFIP, correspondientes a ejercicios cerrados hasta diciembre de 2007, se pueden cancelar en 120 cuotas mensuales con un interes de 0,75% mensual. Son cuotas fijas en pesos.
Recomendamos a quienes deban regularizar deudas por impuestos omitidos o mal liquidados, realicen las presentaciones antes del 30/04/09.
Para regularización de personal no registrado y exteriorizción o repatriación de capitales, el plazo vence el 31/08/09
Para regularización de personal no registrado y exteriorizción o repatriación de capitales, el plazo vence el 31/08/09