FALLOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES

La Justicia declara inconstitucional las clausuras de la AFIP e intimó al fisco bonaerense a devolver dinero retenido de las cuentas bancarias
* Fuente: I Profesional, martes 30 de marzo de 2010 — El juzgado de San Martín concluyó que la medida “denota una palmaria contradicción con los valores republicanos”. En un fallo del Juzgado Federal Nº 2 de San Martín, el juez Juan Manuel Yalj declaró la inconstitucionalidad del artículo 35 inciso F de la ley de Procedimientos Fiscales, que habilita a la AFIP a clausurar preventivamente los comercios que no estén en regla. La decisión recae sobre el caso concreto tratado en esta causa. El caso publicado por el Centro de Información Judicial (CIJ) se originó tras una clausura preventiva que realizó la AFIP en un local comercial de Villa Ballester. Para proceder de esa manera, el órgano recaudador se amparó en el inciso F del artículo 35 de la Ley de Procedimientos Fiscales, que dice que se podrá disponer la clausura “cuando el funcionario autorizado por la AFIP constatare que se hayan configurado uno o más de los hechos u omisiones previstos en el artículo 40 de esta ley y concurrentemente exista un grave perjuicio o el responsable registre antecedentes por haber cometido la misma infracción en un período no superior a un año desde que se detectó la anterior”.

* Fuente: I Profesional, miércoles 31 de Marzo de 2010 — En lo que constituye un nuevo freno a las pretensiones de la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), la Comisión Plenaria -que define los conflictos entre provincias respecto al reparto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos- intimó al fisco bonaerense a devolver el dinero retenido de las cuentas bancarias pertenecientes a contribuyentes de otras jurisdicciones. Los organismos de recaudación provinciales están habilitados a informarles a los bancos el listado de responsables a quienes las entidades financieras deben retenerle –en promedio- un 3% de los montos allí depositados en concepto de Ingresos Brutos. El régimen se denomina Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (Sircreb).