El Gobierno eleva de $50.000 a $6.000.000 el monto mínimo para emitir factura de crédito electrónica para MiPyMEs.
Mediante la Resolución 10/2019 se establece que a partir del 1 de mayo de 2019, se eleva de $50.000 a $6.000.000 el monto mínimo para emitir factura de crédito electrónica.
El monto mínimo es sin considerar los ajustes posteriores por notas de débito y crédito.
Además, por el término de un año, las MiPyMEs tendrán un plazo de 30 días corridos para rechazar una factura de crédito electrónica e inscribirse en el Registro.
El régimen de factura de crédito electrónica aplica para las Micro, Pequeñas y Medianas (MiPyMEs) que están obligadas a emitir comprobantes originales (facturas o recibos) a empresas grandes que desarrollan como actividad principal alguna de las que figuran en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).
Finalmente, no aplicarán durante un año para los comprobantes originales que una MiPyMEs emita a una empresa grande que sean cedidos antes de ser cancelados, rechazados o aceptados.