QUÉ DEBO SABER AL CONTRATAR A UN EXTRANJERO?

Es un marco de excepción, vigente para aquellos extranjeros que hayan ingresado al territorio nacional en la categoría de turistas, y soliciten autorización para desarrollar tareas remuneradas en forma transitoria.

Los trabajadores extranjeros que han ingresado al país como turistas y pretendan realizar tareas remuneradas, deberán sumar un requisito más para tramitar la residencia, que es la acreditación de antecedentes penales en la República Argentina.

La norma general dice que, los extranjeros que residan irregularmente en el país no pueden trabajar ya sea por cuenta propia o ajena, con o sin relación de dependencia. 

Por lo cual, para que un extranjero pueda prestar tareas remuneradas en relación de dependencia y ser correctamente registrado deberá obtener una residencia legal, mediante la cual pueda obtener el CUIL y así ser dado de alta en el sistema de la AFIP “Mi Simplificación”.

Las multas por contratar a un extranjero que no reúne las formalidades para trabajar ascienden a 50 salarios mínimos (Aprox. $850.000) y cuando son menores o no emancipados la multa puede llegar a $1.700.000, por cada.

Para obtener la residencia necesaria para la contratación, el trabajador extranjero debe presentarse en la Dirección Nacional de Migraciones, donde debe presentar la documentación personal y la que se le solicite para cumplir con el criterio de admisión bajo el cual se solicita el tipo y motivo de la residencia, siendo diferente para los que llegan del MERCOSUR, que para los demás.

Pueden desarrollar toda tarea o actividad remunerada o lucrativa, por cuenta propia o en relación de dependencia, gozando de la protección de las leyes que rigen la materia, sólo los extranjeros con residencia permanente o temporaria.

El permiso de residencia transitoria dura 90 días o el tiempo que lleve la resolución del recurso.  Permite permanecer en el país, estudiar y trabajar en los plazos y con las condiciones que establezca la Dirección Nacional de Migraciones. El permiso de residencia transitoria no permite volver a ingresar al país.  

La residencia precaria dura 90 días corridos y puede ser renovada hasta que se resuelva el trámite de admisión como residente.