Hasta el 29 de mayo, los monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos por el Gobierno pueden desde hoy y hasta el 29 de mayo un crédito a tasa de interés cero por hasta $ 150.000.
Para hacerlo deberán ingresar a www.afip.gov.ar, e ingresar a su cuenta con Clave Fiscal (nivel de seguridad 2) y dar de alta la opción «Crédito Tasa Cero».

La página informará si está habilitado o no.
Los impedimentos para acceder son los que publicamos en los anteriores newsletters.
Se deben completar una serie de datos:
- monto de préstamo que desea solicitar,
- Clave Bancaria Uniforme (CBU) y
- número de tarjeta de crédito asociada al mismo banco de la cuenta que se está informando para que acrediten las 3 cuotas mensuales como crédito para consumo.
- Si no tiene tarjeta, comunicarse con su banco
Es importante recordar que, para solicitar el préstamo, las personas necesitan haber registrado previamente en la web de la AFIP su domicilio fiscal electrónico: correo electrónico y teléfono celular usados como canal de contacto.

Una vez completado este proceso el banco elegido tendrá 48 horas hábiles para proceder a la acreditación de la financiación que será de hasta $150.000 para las categorías D en adelante, de hasta $104.370 para la categoría C, de hasta $78.277 para la categoría B y de hasta $52.184 para la categoría A de Monotributo.
Los bancos no podrán rechazar el pago a los clientes que le asigne la AFIP ni cobrar por la emisión de la tarjeta o su mantenimiento, y deberán arbitrar mecanismos para la distribución de las tarjetas.
Recuerde que, no podrán acceder al beneficio los monotributistas que facturen al sector público, trabajen en relación de dependencia, sean jubilados o pensionados o hayan hecho compras mayores al 80% de sus ingresos promedio mensual.
Tampoco los que hayan facturado entre el 12 de marzo y el 12 de abril una cifra mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que estén registrados.
En el caso de los autónomos, no podrán solicitarlo si están inscriptos en el régimen de monotributo o si son integrantes de directorio de sociedades comerciales.
Por último, quienes accedan al crédito deberán usar el dinero de forma electrónica, es decir, no podrán retirarlo en efectivo ni tampoco comprar dólares o realizar operaciones en el mercado bursátil.
Asimismo, la autoridad monetaria informó el viernes que los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos no están alcanzados por el Impuesto sobre Ingresos Brutos.