Se han suspendido las ejecuciones hasta el 31 de julio y se ha abierto la inscripción hasta el 3 de julio para el ATP de junio.
La AFIP ha comunicado por sus canales de comunicación digitales y por RG 4741 las dos novedades.
Por un lado ha informado, a través de su página institucional, que los empleadores que requieran asistencia estatal para el pago de los salarios, correspondientes al mes de junio de 2020, sin incluir aguinaldo, pueden registrarse hasta el 3 de julio en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Por otro lado, a través de la resolución citada ha suspendido las ejecuciones fiscales hasta el día 31 de julio de 2020.