MORATORIA AFIP: PRORROGA AL 31/07/20

El vencimiento que operaba el 30 de junio, para obligaciones con AFIP vencidas al 30/11/2019, dictada por la Ley 27.541 y sus modificaciones, ha sido prorrogado al 31 de julio de 2020.

Teniendo en cuenta el vencimiento inminente, las solicitudes de las entidades profesionales y empresarias, y dadas las especiales condiciones sociales, sanitarias y económicas imperantes, , se prorrogó hasta el 31/07/2020 el vencimiento general que ya había sido prorrogado hasta el 30/06/2020.

Establece además que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten en el marco del citado régimen, desde el 1°/07/2020 y hasta el 31/07/2020, ambas fechas inclusive, vencerán el 18/08/2020.

Se prorroga al 31/07/2020 la vigencia transitoria del Régimen de Facilidades de Pago Permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.

Recordamos que con la presente medida las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo I pueden acceder hasta un máximo de 10 PFP y el resto de los contribuyentes pueden acceder hasta un máximo de 6 planes de pago.

Se extiende hasta el 31/7/2020 la eximición para los contribuyentes y responsables, de registrar sus datos biométricos ante las dependencias a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito.