La Jefatura de Gabinete, a través de la DA 1581/2020, anunció las condiciones del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), que introduce la posibilidad de convertir los créditos blandos en subsidios y se mantienen los requisitos y limitaciones sobre utilidades de los meses anteriores.
Hoy se abre la inscripción hasta el 3 de septiembre, para quienes opten por adherir al programa ATP de agosto, que mantiene:
El depósito de una asignación complementaria del 50% del salario neto con un tope de $25.312,50.
Para las actividades en estado crítico continuará siendo de $33.750,00.
Se excluyen los sueldos netos superiores a $140.000,00.
Para acceder a estos subsidios se compararán las ventas de Julio 2019 con Julio 2020. Las empresas que iniciaron actividad entre el 1/01/2019 y el 30/11/2019, compararán las ventas de Julio 2020 con Diciembre 2019.
- la variación es negativa: se entrega el subsidio.
- Si la variación es positiva y menor a 40%: Accede a crédito subsidiado.
- El caso anterior no aplica para empresas que tienen más de 800 empleados.
Las empresas que tengan actividad desde el 1° de diciembre de 2019, no deben cumplir condiciones de facturación.
Las empresas con actividades afectadas incluidas en la Resolución, con variación positiva y menor a 40% y menos de 800 empleados tendrán acceso a créditos subsidiados al 15% anual, convertibles en subsidios si cumplen con las metas de empleo que fijará el Ministerio de Desarrollo Productivo.