El Banco Central dispuso una serie de medidas restrictivas que prácticamente igualan el valor del dólar “ahorro” (U$S 200,00 mensual) y al dólar “tarjeta”, al dólar “blue”. También limita el acceso al MULC a las empresas que deban pagar deudas por más de U$S 1 millón por mes.
La autoridad monetaria dispuso las siguientes medidas:
- El cupo de U$S 200,00 mensuales, que tiene un recargo del 30%, tendrá una retención adicional del 35% para aplicar a Ganancias o Bienes Personales.
- Esta retención del 35% también se aplicará sobre los pagos al exterior por gastos y tarjetas de crédito.
- Los consumos de tarjetas, en moneda extranjera, se tomarán en cuenta para el cupo de U$S 200,00 mensuales. Cuando superen el monto se computará a cuenta de cupos futuros.
- La liquidación de los dólares comprados con liquidación de bonos demorará 15 días (parking).
- Las empresas con deudas superiores a U$S 1 millón sólo podrán acceder al 40% del total adeudado en el MULC. Para el resto deberán reestructurarlas, debiendo presentar al BCRA antes del 30/09/2020 los proyectos de reestructuración de los vencimientos anteriores al 31/12/2020.
- Esto se agrega a la extensión de la vigencia de la Comunicación 7030 hasta el 31 de octubre, y a la decisión de elevar de 120 a 365 días corridos el plazo para que las empresas tengan disponibles fondos depositados en cuentas bancarias del exterior, originados en endeudamientos financieros con el exterior y destinados al pago de capital e intereses de obligaciones.