El Decreto 761/2020 prorroga por 60 días la prohibición de suspender o despedir personal sin causa o por fuerza mayor.
La medida prohíbe efectuar despidos por 60 días, fin de noviembre de 2020, sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
También están prohibidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo (exceptuadas las suspensiones del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, acordadas en el marco de lo convenido por la CGT y el Ministerio de Trabajo).
Quedan excluidas las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.
Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a la norma y sus anteriores, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.