AFIP: OPERATIVO SOBRE PLANIFICACIONES FISCALES

La AFIP obligó a informar al 29/01/2021 si se realizaron Planificaciones Fiscales con sociedades en Jurisdicciones No Cooperantes o de Baja y Nula Tributación. Empiezan a llegar las intimaciones.

Deben presentar el régimen, quienes a partir de la Resolución General 4838/2020 o desde el 31/12/2019 poseían: estructuras en jurisdicciones radicadas en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación, u otros mecanismos o instrumentos para reducir la carga impositiva en Argentina.

El régimen obliga a detallar  acabadamente la operatoria y la ventaja o cualquier otro tipo de beneficio que 

se derive de esa planificación, informando al profesional que asesora.

El incumplimiento de la obligación de información establecida en esta resolución general  podrá  generar dificultades en la obtención de certificados de crédito fiscal y/o de constancias de situación impositiva o previsional, entre otras solicitudes y podrá ser encuadrado en una categoría creciente de riesgo de ser fiscalizado (Registro SIPER).

Los datos relativos a la planificación fiscal informada, podrán ser objeto de intercambio de información con 

las jurisdicciones con las cuales el país tenga vigentes instrumentos para el intercambio de información.