REGRESA EL TRABAJO PRESENCIAL

Por medio de la Resolución Conjunta 4/2021 del Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social se dispone que los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras que se encontraban dispensados de prestar que hubieran recibido la vacuna.

En el caso de los mayores de 60 años, podrán ser convocados a prestar servicios cuando hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, transcurridos 14 días de la inoculación.

Las embarazadas y en grupo de riesgo podrán ser convocados una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad.

Se exceptúa de esta medida a las personas con Inmunodeficiencias y pacientes oncológicos y trasplantados.