El Nuevo Proyecto de Ley elimina el cobro de las diferencias retroactivas que se habían impuesto hace pocos días, que fueron justificada y duramente criticadas, y establece otras medidas de alivio importantes para estos contribuyentes.
- Se mantienen los beneficios de la Ley 27.618
- Se retrotraen los valores de enero a junio 2021 al mismo valor abonado en diciembre 2020
- La actualización de las escalas será a partir de Julio de 2021
- Si al 30-6-21 se hubiese superado el límite superior para la máxima categoría, se mantendrán como monotributistas, siempre que no excedan los nuevos montos a partir de julio 2021. Pero si excede queda excluido desde las cero horas.
- Si fueron excluidos o renunciaron entre el 1-1-2021 y el 30-6-2021 podrían volver al monotributo si no excede su facturación la tabla vigente a partir de julio 2021. No se reintegrarán importes determinados de Ganancias e IVA.
Requisitos:
- Que los ingresos durante el 2020 no superen 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la categoría K (valores julio 2021)
- Que los bienes en el país y en el exterior, gravados, no alcanzados y exentos, al 31-12-20 no superen los $ 6.500.000, sin considerar ningún mínimo no imponible y sin considerar la casa habitación.
- Pago de 1 Cuota Especial (Cat. E, F y G) ó 2 Cuotas (Cat. H, I, J y K) del valor de la cuota mensual.
- Régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes.
Podrán acogerse por las obligaciones (incluidas las que están en discusión administrativa) devengadas al 30-6-21, de los componentes impositivo y previsional (incluido Obra Social). Regularización de deuda y exención y/o condonación de intereses, multas y demás sanciones no firmes.
Efecto: Allanamiento incondicional por las obligaciones regularizadas o el desistimiento de acciones, reclamos o recursos, asumiendo el responsable el pago de costas y gastos.
Plan de Facilidades:
- Hasta 60 cuotas
- Interés 1,5% mensual.