Los cambios que deben tener en cuenta los empleadores que paguen Salarios brutos mayores a $150.000, a los empleados que ganan más de $2.500.000 por año y los Responsables Inscriptos que venden a Monotributistas, deben emitir factura “A” con IVA discriminado.
GANANCIAS SOBRE SUELDOS:
La AFIP informó que publicará en el Boletín Oficial, la reglamentación de las modificaciones del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados con salarios brutos mensuales de hasta $150.000.-
- Los montos retenidos entre los meses de enero a mayo de 2021 serán devueltos a los trabajadores en 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas a partir del mes de julio de 2021.
- También se reglamenta la menor carga tributaria para aquellos sujetos con remuneraciones mensuales de entre $ 150.000.- y $ 173.000.-.
EMPLEADOS, JUBILADOS Y PENSIONADOS. NUEVO MONTO DE LA DDJJ INFORMATIVA ANUAL 2020.
También se publicará, que los empleados, jubilados y pensionados que hubieran obtenido ganancias brutas iguales o superiores a $ 2.500.000.–, deben presentar las DD.JJ. Informativas con el detalle de bienes al 31/12/2020 (valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales) y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, (de acuerdo con lo previsto en la ley de impuesto a las ganancias).
FACTURAS QUE SE EMITAN A MONOTRIBUTISTAS.
La Resolución General 5003, obliga a los Responsables Inscriptos en IVA a emitir comprobantes tipo A con IVA discriminado a partir del 1º/07/2021, a los Monotributistas.
Antes de esta modificación era obligatorio emitir Factura “B” con el IVA incluido.
Las nuevas Facturas “A” deben contener la leyenda “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”.