Por medio de una nueva publicación, la AFIP indicó que los mayores beneficios del mini plan alcanzarían solo a las personas jurídicas. No hay prórroga para quienes no ingresaron al miniplan el impuesto antes del 30 de septiembre. Confirman plan para Monotributistas.
Ante el avance del mes de octubre, sin que los aplicativos actualizaran la prórroga en la página de AFIP, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA pidió por nota al Organismo, que se aclare el alcance de la Resolución General 5080, que prorrogaba el vencimiento del miniplan para las personas humanas, del 30 de septiembre al 30 de noviembre de 2021.
Ahora la AFIP, por medio de una nueva publicación en su página web, indica que los mayores beneficios del miniplan, alcanzarían solo a las personas jurídicas y no a las personas humanas, ya que según dicha publicación la extensión al 30 de noviembre sólo alcanza a la no consideración de la categoría de SIPER.
Moratoria para monotributistas:
La AFIP extendió los plazos al 30 de noviembre, para que los Monotributistas accedan a los beneficios implementados por la Ley de Alivio Fiscal.
El Organismo dispuso que se podrán incluir las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021, con un plan de hasta 60 cuotas, con una tasa de interés máxima de 1,5% y condonación de intereses y multas.
La historia previa de la prórroga que no fue:
- La AFIP por medio de la resolución general 4959 extendió con carácter excepcional el plazo para acceder al mini plan (Resolución General 4057) hasta el 30 de septiembre de 2021, ya que los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales operaban en agosto de 2021.
- Posteriormente, por medio de una gacetilla de prensa y de la Resolución General 5080, se extendieron los beneficios del miniplan al 30 de noviembre de 2011.
- Desde el Consejo Profesional y distintas entidades profesionales, informan que, transitando ya octubre, la AFIP no ha puesto a disposición en su página, en el servicio “Mis Facilidades” la posibilidad de regularizar a través del Miniplan las obligaciones de Ganancias y Bienes Personales 2020 de personas humanas.
- En la nueva publicación de la AFIP, solo se remarca la fecha del 30 de noviembre para el caso encuadre en el SIPER.