DURACIÓN DE LAS SOCIEDADES: MÁXIMO 30 AÑOS

La INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA redujo de 99 años a 30 años el plazo máximo de duración de una sociedad.

Por Resolución General 1/2022 todo instrumento constitutivo, contrato social o estatuto de sociedad comercial que deba ser inscripto en el Registro Público a cargo de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA debe incluir el plazo de duración de la sociedad, que no podrá exceder el plazo de 30 años a contar de su inscripción en el referido registro.