Recordamos que, hasta hoy, 13 de abril, se puede presentar el Formulario Web 572 para tomar deducciones y recuperar las percepciones del 35% del Impuesto a las Ganancias por compra de dólar ahorro, gastos en moneda extranjera mediante tarjeta de crédito y débito.
Los empleados en relación de dependencia, a los que les retienen ganancias deberán informar por medio del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) a través de la presentación del Formulario web 572 las deducciones con los correspondientes topes de ley.
- Cuota médico asistencial (medicina prepaga o cuota que exceda el aporte obligatorio a la obra social).
- Primas de seguro para el caso de muerte (seguro de vida).
- Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos.
- Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados.
- Donaciones.
- Intereses de préstamos hipotecarios.
- Gastos de sepelio (personas a cargo).
- Gastos médicos y paramédicos.
- Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.
- Deducción del personal doméstico.
- Aporte a sociedades de garantía recíproca (SGR).
- Vehículos de corredores y viajantes de comercio
- Gastos de movilidad de viajantes.
- Otras deducciones (aportes jubilatorios para la ANSES, aportes a Cajas de jubilación provinciales, Impuesto al cheque, entre otras).
Como novedad podemos encontrar dentro de las deducciones, gastos por el home office derivados del COVID-19, y los gastos de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo: se podrá deducir en su totalidad todo gasto vinculado al equipamiento que necesita el empleado para ejercer su labor.